El proceso de reagrupación familiar es un procedimiento legal que permite a los ciudadanos no europeos, que cumplen las condiciones que marca el ministerio de asuntos exteriores, iniciar los trámites ante las autoridades españolas para traer a sus familiares desde su país de origen, con plenas garantías. Artículo 53.b del reglamento de la ley de extranjería.
A través de este proceso, es posible solicitar la reagrupación de diferentes miembros de la familia, como el cónyuge o pareja, los padres, suegros o suegras, siempre y cuando sean dependientes, así como los hijos (ya sean naturales o adoptivos). Cada uno de estos casos tiene requisitos específicos, por ejemplo, se puede requerir un certificado de matrimonio o registro de la pareja de hecho en el caso de los cónyuges, o un certificado de nacimiento en el caso de la reagrupación de padres, madres o hijos.
En situaciones donde no se disponga de esta documentación o en casos en los que haya pasado más de un año desde el nacimiento y no se haya realizado la inscripción en el Registro Civil, la embajada/consulado puede solicitar una prueba de paternidad/maternidad mediante un análisis de ADN. Esta prueba es considerada válida legalmente y permite demostrar de manera inequívoca la relación familiar. Es una manera fiable de establecer el vínculo familiar en ausencia de otros documentos necesarios.
Citogen forma parte del CNUFADN, la Comisión Nacional para el Uso Forense del ADN y somos un laboratorio acreditado para realizar esta prueba de ADN. Además, le ayudaremos en los trámites con la embajada/consulado y enviaremos el informe con el resultado.